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CODIGO UNIVERSAL DE ETICA PROFESIONAL
DE LOS PRODUCTORES DE SEGUROS Y REASEGUROS
Preámbulo: Estas reglas constituyen la base universal para la actividad profesional de los Agentes y Corredores de Seguros.
Las Asociaciones podrán adaptarlas al uso especifico de su país, si fuese necesario, para cumplir con su legislación local.
I PRINCIPIOS GENERALES:
• Los Agentes y Corredores son profesionales, mediadores en el Seguro. Sus principales funciones son :
- Promover la previsión y seguridad.
- Asesorar a los asegurados para la adecuada prevención y cobertura de sus riesgos personales y patrimoniales.
- Facilitar a las Aseguradoras la información precisa para que la estimación, tarifación y Asunción de los riesgos se realice correctamente.
- Colaborar en caso de siniestro con las Aseguradoras y Peritos para una rápida tramitación y justa liquidación, asistiendo con tal motivo a los asegurados y beneficiarios.
Los Agentes y Corredores no realizan solamente la distribución del seguro, sino que apoyan además una contribución original en el ofrecimiento de garantías a las medida de las necesidades del cliente.
• Para el mejor servicio a los asegurados y beneficiarios, a las Aseguradoras y a la Sociedad en general, la mediación en el Seguro y en el Reaseguro debe ser reservada a quienes reúnan las debidas condiciones de profesionalismo.
• Los Agentes y Corredores realizaran su actividad profesional con el mayor respeto a las normas jurídicas y deontologicas y a la libre decisión de las partes.
• Desarrollaran su actividad con la mayor diligencia, buena fe y sentido de la responsabilidad. Por consiguiente, se considera muy conveniente la contratación de un seguro de responsabilidad civil general y profesional.
• La publicidad que realicen será modera y no dará lugar a confusión con otras actividades.
• Cuidaran permanentemente su formación profesional y la de sus colaboradores, actualizando los conocimientos de la técnica aseguradora.
• Respetaran estrictamente el secreto profesional, salvo autorización expresa de las partes legítimamente interesadas en el contrato de seguro.
• Los Agentes y Corredores están obligados a defender y propugnar los valores humanos y profesionales del presente Código de Ética, cuyos principios y normas deben ser pauta en su propia conducta y en la de sus colaboradores, aun después de haber cesado en la actividad profesional.
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